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En su número de Septiembre, la revista de OSPLAD, Mundo Docente, publica una interesante reseña sobre el libro. Esta y otras reseñas van trazando diversas lecturas y modos de recepción de la propuesta enriqueciéndola así e incorporándola en la Sociedad en la que quiere inscribirse.

“…entendí con el libro que me acercaban, la importancia de impulsar en la Argentina una propuesta de acción que contemplara la turbulenta realidad generacional de los adolescentes y de los jóvenes comenzando un nuevo siglo…El libro contempla esta necesidad, dentro de la defensa de los Derechos Humanos y al amparo de la Ley de Protección Integral de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes (ley 20061)”. Estela Carlotto.
Los autores Fabián Ruocco, licenciado en Enseñanza de la Lengua y la Comunicación, y Hector Piccicacco, licenciado en Ciencias Políicas, nos proponen una lectura histórica de la niñez y la juventud en relación a los derechos. El concepto de “niñez” es un concepto acuñado en la historia moderna, al igual que el término “minoridad: ambos forman parte del mismo campo de significaciones en el entramado de las relaciones sociales modernas.
El término minoridad no siempre existió, fue creado para definir una realidad que se cristalizó en instituciones destinadas a los menores de edad a fines del siglo XIX: “Cuando se instituyeron dos tipos de infancia: la de los niños propiamente dichos, con posiciones de sujeto, pertenecientes a una familia “legítima” y al sistema de educación pública; y los otros, los menores, que eran aquellos sujetos-objetos carentes de familia y/o de recursos que estaban en situación de desamparo moral y por ende, eran pupilos del Estado”.
En tanto se fue sedimentando una relación social asimétrica de los adultos con los chicos de corta edad, surgía el concepto de “el menor de edad”; sujetos que fueron transformándose en excluidos de la sociedad, sea porque eran muy peligrosos o porque estaban en peligro, dos situaciones que las circunstancias históricas hicieron que terminaran por neutralizarse : “En los institutos de menores se encontraban aquellos niños , niñas o adolescentes que habían estado en situación de conflicto con el sistema penal- la Ley , como también aquellos que estaban internados por causas asistenciales”.
Con la presencia del Estado de Bienestar encontramos a la niñez y juventud argentina, junto a sus padres, en una sociedad de “pleno empleo”; niñas, niños y adolescentes que podían formarse en instituciones públicas, gratuitas; tenían el tiempo y los recursos para estudiar, para prepararse como fuerza de trabajo futura.
El Ombudsman de la Juventud nos acerca a nuestra historia cargada de períodos sin derecho alguno; y nos evidencia cómo con el retorno al sistema democrático en 1983, una de las principales deudas, vinculada con el capítulo internacional de los Derechos Humanos, de nuestro país radica en “no haber podido adecuar los instrumentos jurídicos y legislativos internos a lo determinado por la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (CDN ), que adquirió rango constitucional a partir de la reforma de la Carta Magna en 1994.”
En la práctica cotidiana se reflota la vieja idea de patronato- concepto que define al menor de edad como un objeto de protección tutelar- y no se concibe a las niñas, niños y adolescentes como sujetos plenos de derecho al igual que cualquier otro ciudadano. “Queda expuesta así la colisión entre el paradigma tutelar o del patronato y el paradigma abierto con la propuesta de la CDN asumidos en la Constitución de 1994.”
La trama de esta contradicción entre paradigmas lleva a los autores a desarrollar una propuesta que permita la implementación de la CDN a través de diferentes órganos ágiles, flexibles y prácticos: entre ellos la creación de un Defensor de Adolescentes y Jóvenes, el Ombudsman de la Juventud.
En la Argentina de hoy, la categoría joven parecería contener múltiples significados, muchos con connotaciones negativas, producto de la injusticia en nuestra historia, cargada de profundas crisis sociales, políticas, económicas y culturales. En este punto, los autores intentan fundamentar la importancia del Ombudsman de la Juventud como instrumento para el cambio: “Una parte significativa de la legislación sobre políticas sociales de los últimos años, se ha orientado hacia la consecución de instrumentos legales que faciliten el adecuado desarrollo de la niñez y la juventud, de manera tal que abra nuevas oportunidades para su formación integral, para el desarrollo de sus capacidades y de su rol como ciudadanos.”
La Constitución de 1994 introdujo innovaciones importantes al respecto y la legislación posterior desarrolló el impulso constitucional. El paso histórico fue dado en la primavera del 2005 con la Ley 26.061 de PROTECCION INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES que incluye Órganos Administrativos de Protección de Derechos, la creación de una figura similar a la propuesta de los autores de un Ombudsman de la Juventud en Argentina.
Los autores remarcan la necesidad de instrumentar y poner en marcha a nivel nacional lo que establece dicha Ley con respecto a la figura de un Ombudsman de la Juventud, o como se denomina en Argentina, Defensor de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes; trabajando y dando respuestas sobre un vacío que deja al descubierto las necesidades que cotidianamente plantean los adolescentes y jóvenes de la Argentina de hoy. Necesidades tan acuciantes como la que denuncia los datos arrojados por el Ministerio de Desarrollo Social de la provincia de Buenos Aires: El 35% de los jóvenes entre 15 y 20 años que viven en el Conurbano -que no estudian ni trabajan- creen que dentro de cinco años estarán “muertos”.
“Conocer lo que no es negociable en materia de Derechos Humanos constituye apenas el preludio de lo que realmente da fuerza a una alternativa como la figura del Defensor de juventud”; que tendría en sus manos la protección del pueblo de las violaciones de sus derechos, de los abusos del poder, error, negligencia, decisión injusta y mala gestión, a fin de mejorar la administración del Estado y hacer que las acciones del gobierno sean más abiertas y transparentes, favoreciendo así, el desarrollo de una cultura más democrática.
En definitiva, un libro con una propuesta para el efectivo y pleno ejercicio de los derechos y garantías de los adolescentes y jóvenes, concibiéndolos como personas, como sujetos de derecho que deben alcanzar su pleno desarrollo, de manera que puedan apropiarse de su lugar en el presente y tomar las riendas de su futuro y el de nuestra sociedad.
Miriam Tasat
Fuente: http://www.osplad.org.ar/mundodocente/mundodocente2006/principal.htm
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Esta feria, organizada por la Comisión del Libro Social y Político de la Cámara Argentina del Libro, incluirá la participación de intelectuales, comunicadores sociales, periodistas y artistas, la exhibición y venta de libros de más de 30 editoriales y jornadas de Cine Latinoamericano.

Se exhibirá material de diversas editoriales a lo largo de Av. Corrientes al 1500 y estará a la venta en las librerías ubicadas entre Callao y Uruguay. Habrá un ciclo de charlas y conferencias que se realizarán en el Centro Cultural de la Cooperación (Av. Corrientes 1543) y en Librería Hernández (Av. Corrientes 1436).
Las editoriales que participarán son: Altamira, Badaraco, Baudino, Biblos, Centro Cultural de la Cooperación, Capital Intelectual, Cártago, Ciccus, Colihue, Corregidor, De La Flor, Del puerto, Del Sol, Del Zorzal, Edhasa, Ediciones Continente, El Andariego, Grupal, Herramienta, Homo Sapiens, La Crujía, La marca editora, Leviatán, Lugar, Lumen, Luxemburg, Madres de Plaza de Mayo, Maipué, Manantial, Marea, Noveduc, Punto de encuentro, Siglo XXI, UNL.
Entrada libre y gratuita
más info: http://www.centrocultural.coop/modules/news/article.php?storyid=658
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El 5 de Junio durante la presentación del Ombudsman de la Juventud…, Estela de Carlotto compartió con los presentes la lucha de Abuelas de Plaza de Mayo, su visión sobre las necesidades acuciantes de los jóvenes y su apoyo a esta publicación rescatando en ella la autenticidad de lo posible. Dejamos a continuación, algunas de estas palabras.

“Siempre me asusta un poco cuando escucho en Congresos o Reuniones a esos expositores llenos de sabiduría. Y me digo “bueno, yo soy una abuela nada más”, Y entonces simplemente, doy lo que sé…como ahora. Soy una maestra y creo que este libro se ha hecho con una visión muy clara pero a la vez muy sencilla, muy accesible. Es un aporte inestimable para los que estamos desde hace tantos años luchando por la infancia y por la adolescencia de nuestro país.
Las Abuelas buscamos a nuestros nietos y también el bien común, luchando por ejemplo, para que en la Convención Internacional de los Derechos de los Niños y Adolescentes los artículos argentinos 7, 8 y 11 -se llaman así porque fueron puestos por Argentina y por Abuelas-, figuraran. Estos tratan sobre el derecho a la identidad, un derecho al cual nadie debe renunciar. También las abuelas abrazamos el Congreso para que los parlamentarios la trataran de una vez la Ley de Protección Integral de la Infancia.
Este libro -del cual me siento casi un poco madrina-, es un libro que tiene la cosa auténtica de lo posible, está redactado en un lenguaje que permite su lectura a cualquier edad y es, como dice en su título, una propuesta de acción; no es que están dando cátedra de “que bueno sería si…”, sino que hablan del cómo hay que hacerlo. Yo creo que todos tenemos que leer este libro, no solamente los jóvenes -a quienes dicho sea de paso, les va a venir muy bien para que sepan que los queremos y que queremos lo mejor para ellos-, sino también los parlamentarios, la gente del poder político.
La propuesta es relevante porque los jóvenes necesitan referentes. Viven deseando conocer gente en la que confiar, en la que tener fe, que vean que no los van a engañar, que no los van a explotar, que no les van a mentir. Entonces, esto del Ombudsman es fundamental porque justamente, si alguien con preparación e ideas -como las que están manejando acá, tan profundas, tan inteligentes- se pone al servicio de la juventud de nuestro país lo antes posible, las cosas van a ir cambiando más rápido de lo que cambian ahora. En lo personal, los felicito de todo corazón, creo que es un libro que demuestra que la Argentina tiene gente. Somos gente que no han podido vencer. Han querido desarticularnos, amargarnos, combatir las ideas, asesinarnos y no han podido. Entonces, les dejo a estos jóvenes la felicitación personal, el orgullo que siento por ellos y el decirles que cuenten conmigo siempre.”
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Incluyendo al Ombudsman de la Juventud dentro de su catálogo on-line, la Crujía Libros realizó una interesante lectura sobre esta propuesta. A su vez, la DINAJU lo presenta en su web como info de interés.

“Ante la desestabilizadora y fragmentaria realidad que atraviesan los jóvenes de este momento histórico, una propuesta de acción, como lo es la generación de un organismo defensor de las problemáticas de niños y adolescentes, precisamente la figura de un Ombudsman de la Juventud, abre un camino de toma de conciencia de los derechos humanos en la sociedad y produce los primeros pasos hacia la escucha del otro adolescente con el fin de generar respuestas provenientes del respeto, la reflexión y la acción. En este sentido, intenta ser la praxis y la actualización funcional de la ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes establecida en el año 2005.
Además, este libro constituye una herramienta de cohesión social para afrontar la necesidad de un Ombudsman en pos del logro de una mayor gobernabilidad en tanto garantice la consideración de los derechos de la Juventud. En palabras de Estela Barnes de Carlotto, “este libro es una propuesta de gestión concreta sobre la posiblidad de un Ombudsman de la Juventud como un nuevo espacio de comunicación entre los jóvenes y las instituciones democráticas. (…) Es interesante y audaz, cuyo abordaje interdisciplinario y pluralista permite acercarnos a la realidad de las nuevas generaciones y al desafío que nos queda por delante.”
fuente: http://lacrujialibros.com.ar/catalog/product_info.php?products_id=9046&osCsid=USD
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El Profesor Alberto Sileoni, Secretario de Educación, ha declarado de Interés Educativo la Publicación El Ombudsman de la Juventud, destacando que “iniciativas de esta naturaleza cumplen un efecto multiplicador en el proceso de mejoramiento de la educación“

La Resolución 515 SE del 30 de Junio de 2008, emitida por el Ministerio de Educación, que declara la Publicación editorial del Ombudsman de interés cultural, destaca también “la necesidad de esta imagen [El Ombudsman] en la Argentina, con relación a la visualización de los adolescentes, en un contexto legal y político favorable a la defensa de los Derechos Humanos”. Y que el libro “relata cómo la figura del Ombudsman de la Juventud contribuiría para la gobernabilidad, en tanto refuerza la capacidad del aparato estatal para desarrollar legitimidad, eficacia y consenso, transformándose en un nexo entre las demandas de la juventud y la administración pública, aumentando la representatividad y el desarrollo de la democracia”.
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La Secretaría de Cultura de la Nación, por medio de su Resolución Nº 1392/08 ha declarado al libro El Ombudsman de la Juventud, Propuesta de Acción, de interés cultural.

El libro ya está disponible en todas las librerías de Buenos Aires y listo para su adquisición vía internet desde el sitio temátika.com . La editorial de publicación, Jorge Baudino ediciones, ofrece también la opción de envío contrareembolso a todo el país.
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Aprovechando la presentación del libro y estudiando la propuesta, un grupo de estudiantes de periodismo, se acercó a los autores para entrevistarlos. A continuación, algunas partes de ese diálogo…
¿Cómo surge la idea de escribir El Ombudsman de la Juventud?
El libro El Ombudsman de la Juventud, la propuesta de acción, surge en nosotros como una posibilidad de capitalizar, de condensar nuestro trayecto en el trabajo con jóvenes. Desde que nosotros éramos “jóvenes” trabajamos en organizaciones y grupos de voluntariado y solidaridad, de promoción social… siempre rescatando el espíritu fraternal y la fuerza de la sociedad civil. Al mismo tiempo, nosotros vivimos gran parte de nuestra adolescencia en medio de la dictadura militar del ´76. Y con eso, la prohibición del asociacionismo, de la libre circulación, la conscripción… una sumatoria de cuestiones que no favorecían precisamente el intercambio entre las realidades que iban surgiendo dentro de la sociedad civil (el anhelo de renovar, de cambiar las cosas) y aquellos que detentaban el poder. Recién con el retorno a la vida democrática -y creemos especialmente después de la crisis de diciembre de 2001- la sociedad civil recupera esa fuerza característica de la juventud, de tomar parte en los asuntos cruciales que la atraviesan, de movilizarse para hacer llegar sus expresiones al Gobierno. En medio de estas idas y venidas, nosotros fuimos trabajando también dentro de instancias gubernamentales. Y lo que íbamos viendo con claridad era la necesidad de gestionar puentes entre la realidad social y el Estado. Muchas veces presenciábamos como la burocracia estatal, se fagocitaba esa posibilidad de intercambio. Y también veíamos la ausencia de una figura establecida desde su fuerza moral, que pujara por esta búsqueda más llana de interacción entre Estado y Sociedad Civil. Con todas estas cuestiones dándonos vuelta, nos decidimos a investigar sobre la figura del Ombudsman de la juventud en los países donde ya estaba funcionando y a investigar la posibilidad de que se estableciera en Argentina. A todo esto estábamos en pleno 2002 y el Ombudsman de la juventud como figura era algo desconocido acá y eso nos instaba a investigar más a fondo y a comprometernos con la posibilidad de convertirlo en una propuesta de acción. Esta es un poco la historia de la escritura del Ombudsman de la juventud.
¿Qué representa para ustedes el hecho de que la Sra. Estela de Carlotto haya prologado el libro?
¿Qué representa? De alguna manera, la búsqueda de las generaciones mayores, de lo que es mejor para sus hijos, nietos, para las generaciones incipientes que tienen que abrirse camino. Sabemos que Estela prologó este trabajo con ese espíritu. Este trabajo, para ella, para las Abuelas, es parte del compromiso que tienen con los jóvenes. Al mismo tiempo, representa un gesto de confianza de Estela -una Señora ya mayor- en la fuerza de la juventud que proyecta, investiga, busca, propone. La primera vez que hablamos con ella, estábamos en plena crisis de 2002, nuestro trabajo no tenía financiación alguna, ni grandes “socios” detrás…tan solo le acercábamos una propuesta en un manuscrito. Y ella nos dijo que sí, que quería prologarlo. Para nosotros fue un claro gesto de confianza en un medio que no nos favorecía desplegar esta propuesta.
Durante el período de producción, ¿enfrentaron alguna adversidad, se toparon con algún contratiempo?
Sí. Recién mencionábamos la falta de financiación, por ejemplo. En determinado momento, cuando decidíamos publicar el libro, nos encontrábamos que los patrocinios y apoyos que nos daban las universidades o asociaciones con las que trabajábamos, no podían sostenernos desde lo económico. Entonces los manuscritos quedaban en el cajón. También nos pasaba que al acercar la propuesta al congreso, a legisladores, corríamos el riesgo de que fuera recortada o desdibujada. Y sentimos que con lo que finalmente fue incluido en la ley 26.061 pasó un poco eso. Se trató de condensar en un artículo de una ley muy amplia y en algunas partes un poco confusa, lo referido a creación y funcionamiento de un Ombudsman de la juventud y niñez. Mientras que nosotros acotamos un poco más el alcance proponiendo un ombudsman para adolescencia y juventud especialmente, por ejemplo y creemos además que los alcances de esta figura en la ley no terminan de estar bien definidos. Pero bueno, esto es parte también de no adueñarse de la propuesta y de que se vaya abriendo camino.
¿Qué expectativas tienen respecto este emprendimiento, cómo creen que la sociedad va a recibir esta propuesta?
Cuando al comienzo de este año decidimos finalmente publicar el libro, lo que más nos instó a hacerlo fue el querer abrir el debate sobre la posibilidad de un Ombudsman de la juventud para el país. Y con esto, movilizar hacia la aplicación de lo que, al menos, ya está estipulado por ley (lo que respecta al Capítulo III, artículo 47 de la ley 26.061 de 2005, apartado que no está reglamentado por decreto aún), y posteriormente revisar los alcances de ese artículo, en pos de ajustar el encuadre y la naturaleza de esta institución. Esa es nuestra mayor expectativa. Si la sociedad -y especialmente aquellos sectores que día a día se vinculan con adolescentes y jóvenes- se anima a escuchar lo que tenemos para decir, creemos que va a ser bien recibida.
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Fabián Ruocco nació en la Ciudad de Buenos Aires en 1963. Es Licenciado en la Enseñanza de la Lengua y la Comunicación y Experto en Gestión Organizacional. Desde 1978 participa en temas relacionados con la juventud. Fue asesor del Defensor del Pueblo de la Nación; se desempeñó como consultor del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD); fue fundador y director del Instituto de Investigaciones de Adolescencia y Juventud de la Universidad Nacional de Tres de Febrero (UNTREF). Actualmente coordina el Programa de Gestión de la Universidad Tecnológica Nacional y ha fundado el Centro de Desarrollo y Asistencia Tecnológica (CEDyAT), Asociación Civil que preside.

Héctor O. Piccicacco nació en la Provincia de Buenos Aires en 1969. Es Licenciado en Ciencias Políticas. Desde su adolescencia participó en áreas de juventud en Organizaciones no Gubernamentales. Fue Coordinador General de la Red de Voluntariado Juvenil Ambiental y Coordinador del Programa de Liderazgo Joven para el Desarrollo Local (IFAM). También fue docente de la Escuela Social y Política de Jóvenes del Movimiento de los Focolares y actualmente se desempeña en la investigación del tópico Derechos Humanos. Es consultor en diferentes organismos gubernamentales.
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El libro El Ombudsman de la juventud presenta una propuesta de acción que condensa el trabajo de los autores iniciado en 2002, a raíz de la búsqueda de un abordaje concreto para las diversas problemáticas de los jóvenes, en sintonía con el desarrollo y la promoción de los valores democráticos.
El testimonio de la acción del Ombudsman de la juventud en diferentes países se fue tornando crucial en la búsqueda de este abordaje, resultando ser además, una propuesta novedosa y prácticamente desconocida en el país, hasta que no fuera brevemente incorporada en la legislación argentina en 2005, dentro de la ley 26.061. Cabe destacar además que con el desarrollo de la visión de un Ombudsman de la juventud para Argentina, se avanza claramente hacia una nueva política de protección integral de los derechos de la juventud entendiéndola como “toda acción que se oriente tanto al logro y realización de valores y objetivos sociales referidos al período vital juvenil, como así también, aquellas orientadas a influir en los procesos de socialización involucrados” (Acevedo Riquelme, Ruocco, 2001).

El proceso histórico que caracteriza a los estados democráticos contemporáneos se corresponde con una mayor complejidad de su administración pública desarrollando, muchas veces, lógicas autónomas de actuación -burocracia-, que llevan a sus funcionarios a prescindir de su fin último de servicio a la población que representan. Los derechos de los adolescentes y jóvenes también se ven afectados por la complejidad creciente del sistema administrativo del Estado -en sus niveles nacional, provincial, municipal-, al quedar atrapados, más de una vez, dentro del laberinto jurídico. Para contrarrestar esta tendencia, se enfatiza la importancia de instituciones de monitoreo y control de la actuación de la administración pública que atienda la dimensión juvenil en todas sus áreas de competencia. Se vuelve necesaria la capacidad de un organismo imparcial, de controlar los entramados jurídicos y administrativos del gobierno, para verificar el efectivo cumplimiento de los derechos de los adolescentes y jóvenes en la toma de sus decisiones. Si lo que se persigue es un sistema democrático más inclusivo, el Ombudsman de la juventud se vuelve claramente necesario.
Desde esta perspectiva, la propuesta adquiere importancia como agente promotor y garante de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los jóvenes en democracia. Esta propuesta, entonces, ha de contribuir en el desarrollo de una política integral de juventud desde fuera de los poderes ejecutivos, evitando superponerse con el recientemente sancionado Consejo Federal de Juventud, al tiempo de ser capaz de promover las acciones necesarias que protejan los intereses difusos o de alcance colectivo de los jóvenes en pos de:
- Facilitar el vínculo entre los actores públicos y los no gubernamentales del área juvenil, para acompañar los procesos que optimicen la gobernabilidad democrática y la cohesión social.
- Promover la articulación eficaz de las políticas sociales en la lucha por la reducción de las situaciones de exclusión y marginalidad de la juventud.
- Contribuir en la cohesión de los esfuerzos de la sociedad civil, buscando mecanismos de diálogo, concertación y acciones concretas con la administración pública, impulsando así el derecho de los adolescentes y jóvenes a ser oídos y atendidos, cualquiera sea la forma en que se manifiesten.
- Inspirar mejoras en la legislación y jurisprudencia (nacional, provincial y/o municipal), en un espíritu de co-responsabilidad, persiguiendo conjuntamente la correcta implementación de lo instituido en la Convención de los Derechos del Niño y en la ley 26.061, en todo acto decisión o medida administrativa, judicial o de cualquier naturaleza que se adopte respecto de las personas adolescentes y jóvenes.
- Difundir las iniciativas de importancia estratégica señaladas por la ONU en el Informe de desarrollo humano, El Informe de democracia en la Argentina y el Índice de desarrollo de la sociedad civil en Argentina en la dimensión juvenil.
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