El Ombudsman de la juventud

“Un defensor para nuestros jóvenes”

Octubre 29, 2008 · 1 comentario

En su número de Septiembre, la revista de OSPLAD, Mundo Docente, publica una interesante reseña sobre el libro. Esta y otras reseñas van trazando diversas lecturas y modos de recepción de la propuesta  enriqueciéndola así e incorporándola en la Sociedad en la que quiere inscribirse.

 

 

 

“…entendí con el libro que me acercaban, la importancia de impulsar en la Argentina una propuesta de acción que contemplara la turbulenta realidad generacional de los adolescentes y de los jóvenes comenzando un nuevo siglo…El libro contempla esta necesidad, dentro de la defensa de los Derechos Humanos y al amparo de la Ley de Protección Integral de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes (ley 20061)”.  Estela Carlotto.

Los autores Fabián Ruocco, licenciado en Enseñanza de la Lengua y la Comunicación, y Hector Piccicacco, licenciado en Ciencias Políicas, nos proponen una lectura histórica de la niñez y la juventud en relación a los derechos. El concepto de “niñez” es un concepto acuñado en la historia moderna, al igual que el término “minoridad: ambos forman parte del mismo campo de significaciones en el entramado de las relaciones sociales modernas.
El término minoridad no siempre existió, fue creado para definir una realidad que se cristalizó en instituciones destinadas a los menores de edad a fines del siglo XIX: “Cuando se instituyeron dos tipos de infancia: la de los niños propiamente dichos, con posiciones de sujeto, pertenecientes a una familia “legítima” y al sistema de educación pública; y los otros, los menores, que eran aquellos sujetos-objetos carentes de familia y/o de recursos que estaban en situación de desamparo moral y por ende, eran pupilos del Estado”.
En tanto se fue sedimentando una relación social asimétrica de los adultos con los chicos de corta edad, surgía el concepto de “el menor de edad”; sujetos que fueron transformándose en excluidos de la sociedad, sea porque eran muy peligrosos o porque estaban en peligro, dos situaciones que las circunstancias históricas hicieron que terminaran por neutralizarse : “En los institutos de menores se encontraban aquellos niños , niñas o adolescentes que habían estado en situación de conflicto con el sistema penal- la Ley , como también aquellos que estaban internados por causas asistenciales”.
Con la presencia del Estado de Bienestar encontramos a la niñez y juventud argentina, junto a sus padres, en una sociedad de “pleno empleo”; niñas, niños y adolescentes que podían formarse en instituciones públicas, gratuitas; tenían el tiempo y los recursos para estudiar, para prepararse como fuerza de trabajo futura.
El Ombudsman de la Juventud nos acerca a nuestra historia cargada de períodos sin derecho alguno; y nos evidencia cómo con el retorno al sistema democrático en 1983, una de las principales deudas, vinculada con el capítulo internacional de los Derechos Humanos, de nuestro país radica en “no haber podido adecuar los instrumentos jurídicos y legislativos internos a lo determinado por la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (CDN ), que adquirió rango constitucional a partir de la reforma de la Carta Magna en 1994.”
En la práctica cotidiana se reflota la vieja idea de patronato- concepto que define al menor de edad como un objeto de protección tutelar- y no se concibe a las niñas, niños y adolescentes como sujetos plenos de derecho al igual que cualquier otro ciudadano. “Queda expuesta así la colisión entre el paradigma tutelar o del patronato y el paradigma abierto con la propuesta de la CDN asumidos en la Constitución de 1994.”
La trama de esta contradicción entre paradigmas lleva a los autores a desarrollar una propuesta que permita la implementación de la CDN a través de diferentes órganos ágiles, flexibles y prácticos: entre ellos la creación de un Defensor de Adolescentes y Jóvenes, el Ombudsman de la Juventud.
En la Argentina de hoy, la categoría joven parecería contener múltiples significados, muchos con connotaciones negativas, producto de la injusticia en nuestra historia, cargada de profundas crisis sociales, políticas, económicas y culturales. En este punto, los autores intentan fundamentar la importancia del Ombudsman de la Juventud como instrumento para el cambio: “Una parte significativa de la legislación sobre políticas sociales de los últimos años, se ha orientado hacia la consecución de instrumentos legales que faciliten el adecuado desarrollo de la niñez y la juventud, de manera tal que abra nuevas oportunidades para su formación integral, para el desarrollo de sus capacidades y de su rol como ciudadanos.”
La Constitución de 1994 introdujo innovaciones importantes al respecto y la legislación posterior desarrolló el impulso constitucional. El paso histórico fue dado en la primavera del 2005 con la Ley 26.061 de PROTECCION INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES que incluye Órganos Administrativos de Protección de Derechos, la creación de una figura similar a la propuesta de los autores de un Ombudsman de la Juventud en Argentina.
Los autores remarcan la necesidad de instrumentar y poner en marcha a nivel nacional lo que establece dicha Ley con respecto a la figura de un Ombudsman de la Juventud, o como se denomina en Argentina, Defensor de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes; trabajando y dando respuestas sobre un vacío que deja al descubierto las necesidades que cotidianamente plantean los adolescentes y jóvenes de la Argentina de hoy. Necesidades tan acuciantes como la que denuncia los datos arrojados por el Ministerio de Desarrollo Social de la provincia de Buenos Aires: El 35% de los jóvenes entre 15 y 20 años que viven en el Conurbano -que no estudian ni trabajan- creen que dentro de cinco años estarán “muertos”.
“Conocer lo que no es negociable en materia de Derechos Humanos constituye apenas el preludio de lo que realmente da fuerza a una alternativa como la figura del Defensor de juventud”; que tendría en sus manos la protección del pueblo de las violaciones de sus derechos, de los abusos del poder, error, negligencia, decisión injusta y mala gestión, a fin de mejorar la administración del Estado y hacer que las acciones del gobierno sean más abiertas y transparentes, favoreciendo así, el desarrollo de una cultura más democrática.
En definitiva, un libro con una propuesta para el efectivo y pleno ejercicio de los derechos y garantías de los adolescentes y jóvenes, concibiéndolos como personas, como sujetos de derecho que deben alcanzar su pleno desarrollo, de manera que puedan apropiarse de su lugar en el presente y tomar las riendas de su futuro y el de nuestra sociedad.

Miriam Tasat
Fuente: http://www.osplad.org.ar/mundodocente/mundodocente2006/principal.htm

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Reseña

Octubre 14, 2008 · Deja un comentario

En la edición del lunes 6 de Octubre del diario Página 12, fue publicada una breve reseña del libro.

 

 http://www.pagina12.com.ar/diario/escrito/22-112863-2008-10-06.html

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II Feria del libro Social y Político

Septiembre 4, 2008 · Deja un comentario

Esta feria, organizada por la Comisión del Libro Social y Político de la Cámara Argentina del Libro, incluirá la participación de intelectuales, comunicadores sociales, periodistas y artistas, la exhibición y venta de libros de más de 30 editoriales y jornadas de Cine Latinoamericano.

Se exhibirá material de diversas editoriales a lo largo de Av. Corrientes al 1500 y estará a la venta en las librerías ubicadas entre Callao y Uruguay.  Habrá un ciclo de charlas y conferencias que se realizarán en el Centro Cultural de la Cooperación (Av. Corrientes 1543) y en Librería Hernández (Av. Corrientes 1436).

Las editoriales que participarán son: Altamira, Badaraco, Baudino, Biblos, Centro Cultural de la Cooperación, Capital Intelectual, Cártago, Ciccus, Colihue, Corregidor, De La Flor, Del puerto, Del Sol, Del Zorzal, Edhasa, Ediciones Continente, El Andariego, Grupal, Herramienta, Homo Sapiens, La Crujía, La marca editora, Leviatán, Lugar, Lumen, Luxemburg, Madres de Plaza de Mayo, Maipué, Manantial, Marea, Noveduc, Punto de encuentro, Siglo XXI, UNL.

Entrada libre y gratuita
más info: http://www.centrocultural.coop/modules/news/article.php?storyid=658

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II Sesión del Comité Coordinador de la Red Juvenil Interreligiosa Latinoamericana

Septiembre 4, 2008 · 1 comentario

La Red Juvenil Interreligiosa Latinoamericana, Religiones por la Paz, celebrará la II Sesión de su Comité Coordinador, del 12 al 14 de Septiembre en Buenos Aires. 
Fabián Ruocco y Hector Piccicacco darán una disertación sobre la defensa de los derechos de los jóvenes.

El Encuentro comenzará el 12 de Septiembre a las 9.00 hs. en el Hotel Impala (Libertad 1215) y la bienvenida estará cargo por diferentes miembros de la Red, del Coordinador del área de Relaciones Internacionales de la DINAJU y del Subsecretario de Culto de la Argentina. El mismo viernes a las 16.30 hs, los autores del libro El Ombudsman de la juventud, darán una disertación sobre “la defensa de los derechos de los jóvenes”.

El encuentro contará además con la presencia de diferentes líderes interreligiosos,  espacios recreativos, trabajos en grupo y plegarias interreligiosas.

Para los interesados, más info en: www.religionesporlapaz.org

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La autenticidad de lo posible

Agosto 21, 2008 · Deja un comentario

El 5 de Junio durante la presentación del Ombudsman de la Juventud, Estela de Carlotto compartió con los presentes la lucha de Abuelas de Plaza de Mayo, su visión sobre las necesidades acuciantes de los jóvenes y su apoyo a esta publicación rescatando en ella la autenticidad de lo posible. Dejamos a continuación, algunas de estas palabras.

“Siempre me asusta un poco cuando escucho en Congresos o Reuniones a esos expositores llenos de sabiduría. Y me digo “bueno, yo soy una abuela nada más”, Y entonces simplemente, doy lo que sé…como ahora. Soy una maestra y creo que este libro se ha hecho con una visión muy clara pero a la vez muy sencilla, muy accesible. Es un aporte inestimable para los que estamos desde hace tantos años luchando por la infancia y por la adolescencia de nuestro país.

Las Abuelas buscamos a nuestros nietos y también el bien común, luchando por ejemplo, para que en la Convención Internacional de los Derechos de los Niños y Adolescentes los artículos  argentinos 7, 8 y 11 -se llaman así porque fueron puestos por Argentina y por Abuelas-, figuraran. Estos tratan sobre el derecho a la identidad, un derecho al cual nadie debe renunciar. También las abuelas abrazamos el Congreso para que los parlamentarios la trataran de una vez la Ley de Protección Integral de la Infancia.

Este libro -del cual me siento casi un poco madrina-, es un libro que tiene la cosa auténtica de lo posible, está redactado en un lenguaje que permite su lectura a cualquier edad y es, como dice en su título, una propuesta de acción; no es que están dando cátedra de “que bueno sería si…”, sino que hablan del cómo hay que hacerlo. Yo creo que todos tenemos que leer este libro, no solamente los jóvenes -a quienes dicho sea de paso, les va a venir muy bien para que sepan que los queremos y que queremos lo mejor para ellos-, sino también los parlamentarios, la gente del poder político.

La propuesta es relevante porque los jóvenes necesitan referentes. Viven deseando conocer gente en la que confiar, en la que tener fe, que vean que no los van a engañar, que no los van a explotar, que no les van a mentir. Entonces, esto del Ombudsman es fundamental porque justamente, si alguien con preparación e ideas -como las que están manejando acá, tan profundas, tan inteligentes- se pone al servicio de la juventud de nuestro país lo antes posible, las cosas van a ir cambiando más rápido de lo que cambian ahora. En lo personal, los felicito de todo corazón, creo que es un libro que demuestra que la Argentina tiene gente. Somos gente que no han podido vencer. Han querido desarticularnos, amargarnos, combatir las ideas, asesinarnos y no han podido. Entonces, les dejo a estos jóvenes la felicitación personal, el orgullo que siento por ellos y el decirles que cuenten conmigo siempre.”

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Varios…

Agosto 20, 2008 · Deja un comentario

Incluyendo al Ombudsman de la Juventud dentro de su catálogo on-line, la Crujía Libros realizó una interesante lectura sobre esta propuesta. A su vez, la DINAJU lo presenta en su web como info de interés.

“Ante la desestabilizadora y fragmentaria realidad que atraviesan los jóvenes de este momento histórico, una propuesta de acción, como lo es la generación de un organismo defensor de las problemáticas de niños y adolescentes, precisamente la figura de un Ombudsman de la Juventud, abre un camino de toma de conciencia de los derechos humanos en la sociedad y produce los primeros pasos hacia la escucha del otro adolescente con el fin de generar respuestas provenientes del respeto, la reflexión y la acción. En este sentido, intenta ser la praxis y la actualización funcional de la ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes establecida en el año 2005.

Además, este libro constituye una herramienta de cohesión social para afrontar la necesidad de un Ombudsman en pos del logro de una mayor gobernabilidad en tanto garantice la consideración de los derechos de la Juventud. En palabras de Estela Barnes de Carlotto, “este libro es una propuesta de gestión concreta sobre la posiblidad de un Ombudsman de la Juventud como un nuevo espacio de comunicación entre los jóvenes y las instituciones democráticas. (…) Es interesante y audaz, cuyo abordaje interdisciplinario y pluralista permite acercarnos a la realidad de las nuevas generaciones y al desafío que nos queda por delante.”

fuente: http://lacrujialibros.com.ar/catalog/product_info.php?products_id=9046&osCsid=USD

 

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Declarado de Interés Educativo Res. 515 SE

Julio 14, 2008 · Deja un comentario

El Profesor Alberto Sileoni, Secretario de Educación, ha declarado de Interés Educativo la Publicación El Ombudsman de la Juventud, destacando que “iniciativas de esta naturaleza cumplen un efecto multiplicador en el proceso de mejoramiento de la educación

La Resolución 515 SE del 30 de Junio de 2008, emitida por el Ministerio de Educación, que declara la Publicación editorial del Ombudsman de interés cultural, destaca también “la necesidad de esta imagen [El Ombudsman] en la Argentina, con relación a la visualización de los adolescentes, en un contexto legal y político favorable a la defensa de los Derechos Humanos”. Y que el libro “relata cómo la figura del Ombudsman de la Juventud contribuiría para la gobernabilidad, en tanto refuerza la capacidad del aparato estatal para desarrollar legitimidad, eficacia y consenso, transformándose en un nexo entre las demandas de la juventud y la administración pública, aumentando la representatividad y el desarrollo de la democracia”.

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Declarado de Interés Cultural. Res. Nº 1392/08

Julio 4, 2008 · 1 comentario

La Secretaría de Cultura de la Nación, por medio de su Resolución Nº 1392/08 ha declarado al libro El Ombudsman de la Juventud, Propuesta de Acción, de interés cultural.

El libro ya está disponible en todas las librerías de Buenos Aires y listo para su adquisición vía internet desde el sitio temátika.com . La editorial de publicación, Jorge Baudino ediciones, ofrece también la opción de envío contrareembolso a todo el país.

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“Entrada en vigor de la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes en Costa Rica”

Julio 4, 2008 · 2 comentarios

El Boletín de noticias de la Organización Iberoamericana de Juventud anunció la entrada en vigor desde el 23 de Mayo, de la Convención Iberoamericana de Derechos de los jóvenes. Su trascendencia radica en reconocer los jóvenes como sujetos específicos de derecho y actores estratégicos del desarrollo.

La OIJ anuncia además que “se trata, sin ninguna duda, de un hito que marcará un antes y un después en el reconocimiento de la juventud como un factor crucial y decisivo en el progreso de los países que conforman la comunidad iberoamericana.
La entrada en vigor de la CIDJ llega justo cuando conmemoramos el Año Iberoamericano de la Juventud y cuando el tema central de la próxima Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno (octubre, El Salvador) tendrá como tema central “Juventud y Desarrollo”.
Hasta el momento han sido siete los países que han ratificado la CIDJ pero esperamos que en lo que queda de año más países lo hagan y que, aquellos que aun no han firmado, pronto suscriban este tratado internacional.
Junto con los derechos específicos contenidos en la CIDJ es el espíritu que la inspiró el elemento determinante en el avance de nuestra juventud hacia un futuro mejor, porque en el fondo lo que ha hecho la CIDJ es reconocer a las y los jóvenes como ciudadanos…algo que estaba pendiente.”

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Ley 26.061

Junio 18, 2008 · 1 comentario

La sanción en Septiembre de 2005, de la Ley nacional 26.061 ha representado un avance de especial importancia en la búsqueda de la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes. Sin embargo, las reglamentaciones vía “Disposición Transitoria” 415/2006 que la fueron reglamentando, han dejado aspectos de vital trascendencia -como ser el Capítulo III y IV- por fuera de las disposiciones para su instrumentación inmediata, tal como establece el mandato del Legislador.

A continuación levantamos un artículo de la página web observatorio de adolescentes y jóvenes que analiza la dimensión político-institucional de dicha ley, a casi tres años de haber sido sancionada.

Dimensión político-Institucional de la Ley 26.061

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